El Ministerio de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, a través del Modelo de Gestión Penitenciaria, genera espacios
para la capacitación laboral de las personas privadas de libertad (PPL), como
una alternativa para su efectiva rehabilitación.
Con estos procesos de capacitación,
las PPL adquieren conocimientos técnicos, teóricos y prácticos, mismos que
contribuirán al buen desempeño en diversas actividades laborales, eje fundamental
para su reinserción social.
Por ello, y durante el recorrido que
efectuaron Ledy Zúñiga Rocha, ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, y
Carina Vance Mafla, titular de la Cartera de Salud Pública, constataron el
cumplimiento y aplicación de esta política de Estado en el Centro de
Rehabilitación Social (CRS) Femenino de Chillogallo, Quito, donde funciona un
taller de costura equipado para desarrollar las capacidades de las internas y
generar fuentes de trabajo remunerado.
El taller laboral de costura cuenta
con máquinas industriales: recta, overlok
y recubridora, además de la materia prima para que las PPL puedan poner
en práctica los conocimientos adquiridos y elaborar cualquier tipo de prenda de
vestir.
Para María P., interna del CRS
Chillogallo estas actividades propuestas por el Ministerio de Justicia fomentan
su rehabilitación. “Decidí integrarme a este taller, con el objetivo de
encontrar alternativas laborales”. El
gusto por este oficio motiva a la interna a planificar su futuro cuando cumpla
su sentencia. “Dios quiera salgo de aquí y me pongo un taller para con ello
mantener a mis hijos”.
Datos:
A través del Modelo de Gestión
Penitenciaria, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, Ofrece un
espacio multidisciplinario que
contribuya a la rehabilitación y reinserción social de las personas privadas de libertad mediante la
educación, el arte, cultura física, actividades laborales, crecimiento
personal, construcción de un plan de vida, seguridad penitenciaria y la
aplicación del sistema progresivo en el marco del respeto a los derechos
humanos y cumplimiento de sus
obligaciones.
El artículo 51, numeral 5 de la
Constitución de la República garantiza la atención de las necesidades
educativas, laborales, productivas, culturales, alimenticias y recreativas,
para todas las personas privadas de libertad.
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