Los comisionados del Comité contra la Tortura de la Organización de Naciones Unidas (ONU) destacan, en sus observaciones al VII informe del Ecuador, el interés del Estado ecuatoriano de garantizar los derechos humanos, los avances en materia penitenciaria, prevención de la violencia de género, la protección a personas LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales transexuales e intersexuales), así como la prevención de la tortura y otros tratos crueles.
En este documento se resalta la promulgación de cuatro leyes que aportan a la lucha contra la tortura, así destacan la aplicación del Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente desde el 2014 y que tipifica y sanciona los tratos crueles y degradantes y que además constituye un paso importante para garantizar el derecho a la vida y a la seguridad ciudadana, así como la eficiencia en la administración de justicia, para la lucha contra la impunidad.
En el informe destacan la aprobación de la Ley para la Reparación de Víctimas y Grave Violación a los Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad ocurridos en el Ecuador entre el 4 de diciembre de 1983 y 31 de diciembre del 2008, tras la creación de la Comisión de la Verdad, en el 2007, iniciativa que permitió judicializar varios casos de graves violaciones de derechos, además de alcanzar, hasta el momento, diez acuerdos reparatorios. Esta Ley exclusiva también apoyó en el ámbito económico, educativo, judicial, de salud y vivienda a los familiares de las víctimas. El programa de reparación, actualmente, ampara a 328 personas.
El plan de capacitación de Fuerzas Armadas y Policía Nacional, para la prevención de tortura, trato, penas crueles, inhumanas y degradantes se destaca en el informe del Comité.
La adopción del Protocolo de Atención a población LGBTI, también se menciona en el documento como un avance. Esta herramienta orienta a los servidores del Sistema Nacional de Rehabilitación Social para que, al cumplir sus funciones, garanticen el ejercicio de los derechos de este sector de la sociedad, en el marco de la normativa constitucional y legal vigente.
El trato que las autoridades y personal de custodia dan a las personas privadas de libertad (PPL) garantiza su integridad personal y aseguran condiciones básicas para su desarrollo integral y de rehabilitación social.
Para el perfeccionamiento de este documento, los especialistas jurídicos y en derechos humanos de la Cartera de Justicia consideraron la normativa ecuatoriana y los instrumentos internacionales; además recogieron las propuestas de la comunidad LGBTI.
El documento también se refiere al ámbito de salud y de trabajo en el tema penitenciario donde se destaca que incorporar a las personas privadas de la libertad al campo laboral es positivo y esto se consiguió con la aplicación del nuevo Código Orgánico Integral Penal para la vinculación laboral de la PPL. La gestión interinstitucional con el Ministerio de Salud para la atención médica en los Centros de Rehabilitación Social, consta entre los aspectos positivos que resalta la Comisión.
En el informe se destaca la actualización del Plan Nacional de Erradicación de la Violencia de Género en niñas, niños, adolescentes y mujeres, vigente desde el año 2007 y el Pacto Nacional de Erradicación de la Violencia suscrito en el 2014 que permitieron juntar a diferentes entidades del Estado para trabajar en temas de prevención. Además, con organizaciones civiles se conformó la Red de Atención a Víctimas de Violencia de Género que permite la atención en Casas de Acogida y Centros de Atención que cuentan con 41 equipos de profesionales en las áreas: legal, psicológica y social.
El Comité celebró el establecimiento del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura:
En el 2013, en el primer informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, sobre las visitas pormenorizadas y de seguimiento a 7 358 personas privadas de la libertad (PPL) en 17 centros de privación de la libertad, se destacó que el trato que las autoridades y personal de custodia dan a las PPL, garantiza su integridad personal y aseguran condiciones básicas para su desarrollo integral y rehabilitación. A tres años de haberse presentado este informe, en el 2016, el Mecanismo remitió al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos siete informes sobre visitas a los centros de privación de libertad realizadas entre los meses de mayo y julio.
Los miembros del Comité resaltan el aporte de las numerosas solicitudes de asilo de personas necesitadas de protección internacional y migrantes indocumentados que llegan al Ecuador, reconociendo que 60 253 personas cuentan con refugio, en su mayoría colombianos.
En este documento se resalta la promulgación de cuatro leyes que aportan a la lucha contra la tortura, así destacan la aplicación del Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente desde el 2014 y que tipifica y sanciona los tratos crueles y degradantes y que además constituye un paso importante para garantizar el derecho a la vida y a la seguridad ciudadana, así como la eficiencia en la administración de justicia, para la lucha contra la impunidad.
En el informe destacan la aprobación de la Ley para la Reparación de Víctimas y Grave Violación a los Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad ocurridos en el Ecuador entre el 4 de diciembre de 1983 y 31 de diciembre del 2008, tras la creación de la Comisión de la Verdad, en el 2007, iniciativa que permitió judicializar varios casos de graves violaciones de derechos, además de alcanzar, hasta el momento, diez acuerdos reparatorios. Esta Ley exclusiva también apoyó en el ámbito económico, educativo, judicial, de salud y vivienda a los familiares de las víctimas. El programa de reparación, actualmente, ampara a 328 personas.
El plan de capacitación de Fuerzas Armadas y Policía Nacional, para la prevención de tortura, trato, penas crueles, inhumanas y degradantes se destaca en el informe del Comité.
La adopción del Protocolo de Atención a población LGBTI, también se menciona en el documento como un avance. Esta herramienta orienta a los servidores del Sistema Nacional de Rehabilitación Social para que, al cumplir sus funciones, garanticen el ejercicio de los derechos de este sector de la sociedad, en el marco de la normativa constitucional y legal vigente.
El trato que las autoridades y personal de custodia dan a las personas privadas de libertad (PPL) garantiza su integridad personal y aseguran condiciones básicas para su desarrollo integral y de rehabilitación social.
Para el perfeccionamiento de este documento, los especialistas jurídicos y en derechos humanos de la Cartera de Justicia consideraron la normativa ecuatoriana y los instrumentos internacionales; además recogieron las propuestas de la comunidad LGBTI.
El documento también se refiere al ámbito de salud y de trabajo en el tema penitenciario donde se destaca que incorporar a las personas privadas de la libertad al campo laboral es positivo y esto se consiguió con la aplicación del nuevo Código Orgánico Integral Penal para la vinculación laboral de la PPL. La gestión interinstitucional con el Ministerio de Salud para la atención médica en los Centros de Rehabilitación Social, consta entre los aspectos positivos que resalta la Comisión.
En el informe se destaca la actualización del Plan Nacional de Erradicación de la Violencia de Género en niñas, niños, adolescentes y mujeres, vigente desde el año 2007 y el Pacto Nacional de Erradicación de la Violencia suscrito en el 2014 que permitieron juntar a diferentes entidades del Estado para trabajar en temas de prevención. Además, con organizaciones civiles se conformó la Red de Atención a Víctimas de Violencia de Género que permite la atención en Casas de Acogida y Centros de Atención que cuentan con 41 equipos de profesionales en las áreas: legal, psicológica y social.
El Comité celebró el establecimiento del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura:
En el 2013, en el primer informe del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, sobre las visitas pormenorizadas y de seguimiento a 7 358 personas privadas de la libertad (PPL) en 17 centros de privación de la libertad, se destacó que el trato que las autoridades y personal de custodia dan a las PPL, garantiza su integridad personal y aseguran condiciones básicas para su desarrollo integral y rehabilitación. A tres años de haberse presentado este informe, en el 2016, el Mecanismo remitió al Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos siete informes sobre visitas a los centros de privación de libertad realizadas entre los meses de mayo y julio.
Los miembros del Comité resaltan el aporte de las numerosas solicitudes de asilo de personas necesitadas de protección internacional y migrantes indocumentados que llegan al Ecuador, reconociendo que 60 253 personas cuentan con refugio, en su mayoría colombianos.