Mediante Resolución, la Corte Interamericana de Derechos
Humanos (CorteIDH) decidió dar por concluido y archivar los casos Suárez
Peralta y Albán Cornejo en contra de la
República del Ecuador. El máximo organismo del Sistema Interamericano de
Derechos Humanos de la Región resolvió
que Ecuador dio cumplimiento a cada una de las medidas de reparación ordenadas
en las sentencias de excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas.
Para Ledy Zúñiga Rocha, ministra de Justicia, Derechos
Humanos y Cultos, estas resoluciones de la CorteIDH, son el resultado del trabajo
permanente y del compromiso del Estado ecuatoriano que asume y cumple con las
disposiciones emanadas del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Caso Suárez Peralta
Los hechos del caso se relacionan, entre otros, con la
violación de los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial
en perjuicio de Melba del Carmen Suárez Peralta y de su madre Melba Peralta
Mendoza por las falencias, retrasos y omisiones, atribuibles a autoridades
estatales, que culminaron en el año 2005 con la prescripción de la acción penal
en relación con la mala práctica médica sufrida por la señora Suárez Peralta.
La decisión de la Corte de concluir la supervisión de
cumplimiento de las reparaciones ordenadas en la sentencia de este caso se tomó
luego de constatar que Ecuador realizó las publicaciones y difusión del fallo,
así como el pago por concepto de daños material e inmaterial y el reintegro de
costas y gastos al representante de las víctimas. Además la CorteIDH constató
que Ecuador dio cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dentro de los plazos
dispuestos para ello.
Caso Albán Cornejo
En este caso, Carmen Cornejo y Bismarck Albán, denunciaron
la falta de seriedad por parte de las autoridades estatales, quienes no
prestaron las debidas garantías para la investigación penal ante la denuncia que
presentaron por la muerte de su hija, por una presunta mala práctica médica,
hecho suscitado en diciembre de 1987.
La decisión de la Corte de concluir la supervisión de
cumplimiento de las reparaciones ordenadas en la sentencia se basó en la
constatación del cumplimiento oportuno
de las disposiciones reparatorias. Se realizó la publicación de la sentencia,
así como la amplia difusión de los derechos de los pacientes, a través de los medios
de comunicación adecuados y bajo el respeto de la legislación existente en el
Ecuador y los estándares internacionales.
Además el Estado ecuatoriano realizó programas de formación
y capacitación a los operadores de justicia y profesionales de la salud sobre
la normativa que el Ecuador ha implementado en relación a los derechos de los pacientes,
y a la sanción por su incumplimiento y cumplió con el pago por concepto de
indemnización.
Datos:
El Ecuador ha suscrito y ratificado 57 instrumentos
internacionales de derechos humanos en el marco de Naciones Unidas y de la
Organización de Estados Americanos en señal del absoluto respeto de las normas
internacionales.
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