“Es importante que la
ciudadanía conozca que el dictamen emitido por el Comité de Derechos Humanos de
la Organización de Naciones Unidas (ONU) respecto del caso Isaías, no establece
la obligatoriedad del Estado ecuatoriano de cumplir con una indemnización
pecuniaria y menos con una restitución de bienes”, señaló esta mañana, a varios
medios de comunicación, Ledy Zúñiga Rocha, ministra de Justicia, derechos
Humanos y Cultos.
La funcionaria ministerial
explicó además que en su resolución, el Comité de Derechos Humanos analizó varias
peticiones que fueron presentadas por los sentenciados.
“Ante la alegación
presentada por los hermanos Isaías, en la que señalan que durante el desarrollo
del proceso penal el Estado ecuatoriano habría violado su derecho al debido
proceso, el Comité de Derechos Humanos responde en su dictamen que no existe
tal violación a esta garantía constitucional, pues considera que la Corte Nacional
de Justicia era el órgano competente
para conocer y resolver el proceso penal, y en este sentido no se ha violado el
principio de legalidad”, acotó Zúñiga.
Sobre la supuesta parcialidad
del Tribunal que conoció la causa, el Comité analizó y determinó que los hechos
por los que los hermanos Isaías fueron sentenciados generaron gran repercusión
en la situación económica, financiera y social del Ecuador, sin embargo, señala
el Órgano Convencional que este factor no incidió ni afectó la independencia judicial.
“El Comité observó que la
conducta delictiva (peculado bancario) por la que Roberto y William Isaías
fueron sentenciados a ocho años de pena privativa de libertad, estaba
tipificada en la normativa legal vigente a la época, de esta manera descartó la
alegación de la defensa de los imputados que se basó en la presunta violación
al principio de legalidad reconocido en el Pacto Internacional de Derechos
Civiles y Políticos”.
En cuanto a los procesos
civiles, la resolución del Comité se refiere al cumplimiento de garantías de
conformidad con lo que establece el Pacto sobre el derecho a ser oídos por un
tribunal competente, ante ello, el Organismo de Derechos Humanos declaró que no
existe ninguna ilegalidad respecto de los procesos de incautación. “En ninguna
parte del dictamen se establece la responsabilidad u obligación del Estado de
indemnizar, mucho menos de restituir bienes”, enfatizó Ledy Zúñiga.
En este sentido, la Ministra
de Justicia citó varios casos en los que el Comité se ha pronunciado y ha dispuesto
de manera expresa el pago por conceptos de indemnización y/o reparación. ”En el
caso Isaías, este no fue el espíritu de la resolución emitida por el Comité que
no se ha referido a la legalidad o validez jurídica de los procesos de
incautación”.
Zúñiga recordó que el
Ecuador ha suscrito y ratificado 57 instrumentos internacionales de derechos
humanos, en el marco de Naciones Unidas y de la Organización de Estados
Americanos, en señal del absoluto respeto de las normas internacionales.
“Reconocemos al Comité y
respetamos su resolución, en este sentido responderemos al Organismo, en un plazo
de 180 días, y a través de la Procuraduría, informaremos de las medidas que
como Estado se han tomado para atender sus recomendaciones”.
Al ser consultada sobre la postura
de algunos profesionales del Derecho, la Secretaria de Estado afirmó que éstas
son pretensiones fantasiosas de ciertos abogados. “Pretender que los
ecuatorianos, los compatriotas que fueron afectados por ese duro capítulo del
feriada bancario, vayan a pedir disculpas a los hermanos Isaías es por decirlo
menos, una interpretación por demás abusiva del dictamen de Derechos Humanos”,
concluyó Zúñiga Rocha.
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