El programa de Educación Básica para Jóvenes y Adultos (EBJA) y Educación Básica Superior que se llevan a cabo en los Centros de Rehabilitación Social (CRS) de Guayaquil integran este año a 1.140 personas privadas de libertad (PPL).
El trabajo coordinado entre los ministerios de Justicia, Derechos Humanos y Cultos y de Educación hace posible el desarrollo de estos proyectos pedagógicos, los cuales permiten iniciar, retomar y finalizar sus estudios a los internos con escolaridad inconclusa.
La segunda semana de julio, 430 PPL del CRS Regional Guayas iniciaron clases en el programa EBJA, que incluye alfabetización y todos los niveles correspondientes para culminar la primaria; lo mismo ocurrió con 460 PPL del CRS Varones de Guayaquil; mientras que en el CRS Femenino 100 PPL también empezaron EBJA y otras 150 el octavo, noveno y décimo año, es decir, la Educación Básica Superior.
Sobre este tema Ledy Zúñiga Rocha, ministra de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, recordó que más de 7.000 hombres y mujeres tienen la posibilidad de estudiar durante su etapa de privación de libertad, ya sea en su fase inicial, en alfabetización, en el bachillerato o en nivel superior.
“Acceder a los procesos formales de educación es una oportunidad que se abre para las PPL y sus familias, la oportunidad de estudiar va más allá de la rehabilitación y reinserción social, es una segunda oportunidad de vida”, acotó la Ministra de Justicia.
Precisamente el acceso a la educación es uno de los ejes del Modelo de Gestión Penitenciaria que aplica el Ministerio de Justicia, el cual tiene como propósito el desarrollo de un efectivo proceso de rehabilitación y reinserción social.
Código Orgánico Integral Penal
Artículo 704.- Eje de educación, cultura y deporte.- Se organizarán actividades educativas de acuerdo con el sistema oficial. Los niveles de educación inicial, básica y bachillerato son obligatorios para todas las personas privadas de libertad que no hayan aprobado con anterioridad esos niveles.
El sistema nacional de educación es responsable de la prestación de los servicios educativos al interior de los centros de privación de libertad. El Sistema de Rehabilitación Social promoverá la educación superior y técnica a través de la suscripción de convenios con institutos o universidades públicas o privadas.
Los convenios garantizarán que la enseñanza se imparta en las condiciones y con el rigor y calidad inherentes a este tipo de estudios, adaptando, en lo que es preciso, la metodología pedagógica a las circunstancias propias de los regímenes de privación de libertad.
La administración del centro promoverá la máxima participación de las personas privadas de libertad en actividades culturales, deportivas y otras de apoyo que se programen.
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