Este 27 de julio, se conoció la resolución de los
jueces de la Corte Nacional de Justicia, quienes resolvieron incrementar de 16
a 25 años la pena de privación de libertad impuesta a Iván R. y Fausto S., procesados
por el delito de violación del que fue víctima Gaby Díaz, hecho ocurrido en
Riobamba el 13 de abril del 2013.
Al respecto, Ledy Zúñiga Rocha, ministra de
Justicia, Derechos Humanos y Cultos, señaló: “Justicia ecuatoriana sentencia a 25 años a procesados
en caso Gaby Díaz, esta decisión judicial es un precedente y el nombre de Gaby es
un símbolo de la lucha contra la violencia de género”.
Este caso conmocionó al Ecuador, luego de que la
joven de 19 años y estudiante de Medicina decidiera quitarse la vida, producto
de las secuelas psicológicas provocadas por la agresión. Dejó una carta de
despedida en la que pedía que se haga justicia en su caso y así evitar que más
jóvenes sean víctimas de esta forma de violencia de género.
Iván R. y Fausto S., excompañeros de colegio de la
víctima, inicialmente fueron sentenciados a 16 años, por la Corte Provincial de
Justicia de Chimborazo, el pasado 4 de noviembre de 2015. No obstante, se apeló
esta resolución señalando que las secuelas del ultraje derivaron en el
suicidio, producto de la profunda depresión en la que cayó la joven, lo cual
fue considerado por los magistrados que elevaron la pena inicial amparados en
lo estipulado en el Código Penal vigente a la fecha del cometimiento del
delito.
En enero del 2015, la Ministra de Justicia entregó
a la ciudad de Riobamba el Centro de Atención a víctimas de violencia de género
e intrafamiliar ‘Gaby Díaz’, con el objetivo de trabajar en prevención de
violencia y de garantizar atención integral a víctimas directas y colaterales
de esta problemática social.
“El sacrificio de Gabriela no fue en
vano. Se ha hecho justicia y su caso permitió visibilizar esta forma de abuso y
denigración para que nunca más ocurra un hecho similar”, señaló Ledy Zúñiga.
Código
Penal
Art. 512.- Es violación el acceso carnal, con introducción
total o parcial del miembro viril, por vía oral, anal o vaginal; o, la
introducción, por vía vaginal o anal, de los objetos, dedos u órganos distintos
del miembro viril, a una persona de cualquier sexo, en los siguientes casos:
1o.- Cuando la víctima fuere menor de catorce
años;
2o.- Cuando la persona ofendida se hallare
privada de la razón o del sentido, o cuando por enfermedad o por cualquier otra
causa no pudiera resistirse; y,
3o.- Cuando se usare de violencia, amenaza o
de intimidación.
Art. 513.- El delito de violación será reprimido con
reclusión mayor especial de dieciséis a veinticinco años, en el número 1 del
artículo anterior; y, con reclusión mayor extraordinaria de doce a dieciséis
años, en los números 2 y 3 del mismo artículo.
Art. 514.- “Si la violación produjere una grave perturbación en
la salud de la persona violada se aplicará la pena establecida para los
numerales 2 y 3 del artículo anterior; y, si le produjere la muerte, la pena
será de reclusión mayor especial de dieciséis a veinticinco años”.
Cronología
del caso
22-07-2013 Gabriela Díaz fue víctima de
violación.
13-08-2013 Se presentó la denuncia del hecho en
la Fiscalía Provincial de Chimborazo.
05-04-2014 Gaby Díaz se quitó la vida como
consecuencia de la depresión postraumática tras la agresión sexual.
30-04-2014 En Quito, Cuenca y Riobamba se
realizaron operativos simultáneos, donde se detuvo a los dos acusados y se
incautaron evidencias.
01-05-2014 Se formuló cargos en contra de los
dos procesados. .
08-09-2014 En la Unidad Judicial Penal de
Riobamba se realizó la audiencia de sustentación de dictamen y preparatoria de
juicio.
11-11-2014 Se llamó a juicio a los presuntos
responsables de la violación a Gabriela Díaz.
16-01-2015 El Tribunal Penal de Chimborazo dictó
sentencia condenatoria contra Fausto S. e Iván R.
27-07-2016 La Corte Nacional de Justicia impuso
la pena de 25 años contra los procesados.
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