martes, 6 de octubre de 2015

En caso González Lluy el Estado ecuatoriano ha emprendido acciones para garantizar acceso a la salud incluso antes del fallo de la CorteIDH

Desde el pasado 13 de enero de 2014, el Estado ecuatoriano ejecuta acciones que garanticen a TGGL, el acceso a los servicios de salud. En este sentido, el  Ministerio de Salud Pública realizó  las coordinaciones necesarias para que sea el Hospital Militar de Azuay, la casa de salud en la que González Lluy reciba atención médica.

Además, a fin de evaluar y determinar la existencia de algún tipo de resistencia a los medicamentos antiretrovirales aplicados a  TGGL, el pasado 27 de julio de 2015 se le realizó un examen de genotipificación. En base a esta información, se efectuó el cambio del cuadro de medicamentos suministrados a González.

Con fecha 01 de septiembre de 2015, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) emitió el fallo en el que dispone al Estado ecuatoriano cumplir con las reparaciones dentro del caso denominado González Lluy y otros vs Ecuador.

Así, el máximo organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos establece que el país debe brindar gratuitamente y en forma oportuna, el tratamiento médico y psicológico o psiquiátrico, así como el suministro gratuito de los medicamentos que TGGL requiera, además del acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y la concesión de una beca sin ningún tipo de condición para que TGGL continúe sus estudios universitarios y posteriormente un posgrado.

Para dar cumplimiento a esta fase de la sentencia, el Ministerio Coordinador de Desarrollo Social, gestionará una beca en la carrera de educación superior que escoja la peticionaria a través de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

Datos adicionales:
La tarde del pasado lunes 28 de septiembre de 2015, los titulares del Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos y de la Cruz Roja Ecuatoriana, mantuvieron la primera reunión para coordinar la ejecución del fallo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en el caso González Lluy.

La sentencia proveniente del mayor organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos incluye la reparación económica por los conceptos de daño material e inmaterial, costas y gastos por la tramitación del proceso, la entrega de una vivienda digna en el plazo de un año, a título gratuito y la realización de un programa para la capacitación de funcionarios en salud sobre mejores prácticas y derechos de los pacientes con VIH.

Antecedentes:
TGGL, fue infectada con el VIH durante una transfusión de sangre en 1998, cuando tenía tres años de edad, durante una transfusión proveniente de un banco de sangre de la Cruz Roja y efectuado en una clínica privada en la ciudad de Cuenca, provincia de Azuay.

0 comentarios:

Publicar un comentario