Servidores públicos del
Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos, iniciaron la actualización
del listado de visitantes a través de un censo en el Centro de Rehabilitación
Social (CRS) de Varones No. 1 de Guayaquil.
Las personas privadas de
libertad (PPL) son quienes proporcionan los nombres de quienes los pueden
visitar, tanto en la reunión conyugal como familiar, por ello se les recomendó
que hagan una selección apropiada.
Wendy Muñoz, coordinadora
Zonal 8 de esta Cartera de Estado, explicó a las PPL que para la visita
conyugal solo se admite un registro, mientras que para la parental hasta nueve.
Los internos, a más de
suministrar los dos nombres y dos apellidos de sus seres queridos, deben
especificar la afinidad, es decir: esposa, hijo, madre, tío, amigo, etc. Este
proceso se repite cada 6 meses.
Cabe recordar que con el
nuevo sistema las visitas conyugales se desarrollan los miércoles y jueves,
entre tanto que las familiares los viernes, sábados y domingos.
En la página web www.justicia.gob.ec se publica con anticipación los días y
horarios asignados para el encuentro con las PPL, quienes cada turno pueden
recibir la visita de dos adultos, o un adulto y un niño mayor de 13 años, y
hasta dos menores de edad de entre seis meses y 12 años que no son
contabilizados como visita, pero deben presentar su cédula o partida de
nacimiento.
Código Orgánico Integral
Penal
Artículo 715.-
Características del régimen de visitas.- Las visitas se realizarán en una atmósfera que permita la
privacidad e intimidad y acorde con la dignidad humana; en lugares
y condiciones que garanticen la seguridad de las personas y del
centro. Este derecho se ejercerá en igualdad de condiciones, sin ningún
tipo de discriminación.